Micelio
Auto13 de noviembre de 2002

A- de 2002

Ponente Alfredo Beltrán Sierra

Demandante Inca Metal S.A·Demandado Magustrados Tribunal Superior Sala Laboral De Medellin

Tema · dato duro
Nulidad Sentencia T-553/02
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se rechazó por improcedente el recurso de reposición interpuesto por la Sociedad Industria Nacional Colombiana de Artículos de Acero y Metales –Incametal S.A.-, contra el ordinal 1º del auto de 8 de octubre de 2002, mediante el cual se rechazó la solicitud por ella presentada para que se declarara la nulidad de la Sentencia T-553/02.

Como es suficientemente conocido, conforme a lo dispuesto por el Art. 49 del Decreto 2067 de 1991 contra las sentencias proferidas por la Corte Constitucional en ejercicio de las atribuciones que a ella le confiere el Art. 241 de la Constitución Política, no procede recurso alguno.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. En merito de lo expuesto, la Sala Plena de la Corte Constitucional,
  2. RESUELVE:
  3. RECHAZAR por improcedente el recurso de reposicion interpuesto por la Sociedad Industria Nacional Colombiana de Articulos de Acero y Metales -Incametal S.A.-, contra el ordinal 1o del auto de 8 de octubre de 2002, mediante el cual se rechazo la solicitud por ella presentada para que se declarara la nulidad de la Sentencia T-553 de 18 de julio de 2002.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.